Saturday, December 25, 2010

¡FELICIDADES VENEZUELA, POR LA PROMULGACIÓN DE LA LEY DE LA DEFENSA DE LA SOBERANÍA POLÍTICA Y AUTODETERMINACIÓN NACIONAL!

¡Felicidades Venezuela, por la promulgación de la "Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional"!


¡Ese bolígrafo sí pesa camaradas...!

¡Rotundo repudio y rechazo al malintencionado suministro de divisas provenientes de cobardes goriloides-golpista-fascistoides, al través de sus testaferros disfrazados con piel de cordero...!

¡Muera toda intentona de golpe de Estado...!

¡Vivan la ALBA, la UNASUR, el MERCOSUR y demás organizaciones, en aras del fortalecimiento del Regionalismo hispanolatinoamericaribeño...!

http://www.aporrea.org/tiburon/n171887.html

"(video) Aprobada en segunda discusión Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional"

Martes, 21 de Diciembre de 2010 15:48

El objetivo de esta norma jurídica es proteger el ejercicio de la libertad política y la autodeterminación nacional ante cualquier injerencia extranjera a través de ayudas económicas o aportes financieros que puedan estar destinados a atentar contra la estabilidad y funcionamiento de las instituciones democráticas legalmente constituidas

Prensa AN

En segunda discusión los diputados del parlamento aprobaron este martes el Proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional. Instrumentos a través del cual se protegerá al Estado de la injerencia extranjera en asuntos internos por intermedio del financiamiento y patrocinio de organizaciones con fines político que desacrediten o irrespeten a las instituciones y sus representantes en cuanto a su funcionamiento

Según rezan los artículos que estructuran jurídicamente este proyecto de Ley principalmente busca la protección integral para el ejercicio de la libertad política ante cualquier injerencia extranjera, a través de ayudas económicas o aportes financieros destinados a ser implementados para la conspiración y desestabilización.

Como se ha demostrado en reiteradas oportunidades, que diversas organizaciones intervencionistas como The National Endowment for Democracy (NED) y The United States Agency for Internacional Development (USAID), entre otras, ha financiado a diversas organización políticas de sectores oposicionistas para que impulsen acciones desestabilizadoras y golpistas contra la estructura democrática del país, atentando contra la Soberanía Nacional, por esa razón, con este proyecto de Ley se ratifica la Defensa de la Patria, y se dejan sentadas las bases para frenar los recursos trasnacionales e imperiales que por años ha inyectado dinero para el control político del país.

Entre otras de las medidas adoptada por el Poder Legislativo está el colocar un freno a la peligrosa penetración de los recursos provenientes del narcotráfico y otras actividades ilícitas, como el lavado de dinero y la legitimación de capitales.

Dicho proyecto de Ley también establece su aplicación a las personas naturales y jurídicas de derecho público y privado que desarrollen actividades con fines políticos que atenten contra la soberanía de la nación.

Entre las sanciones previstas se encuentran que tanto para las organizaciones políticas o personas naturales que reciban ayuda financiera o aportes económicos para el ejercicio de actividades políticas serán multados con el doble del monto recibido y quien reincide serán inhabilitados para participar en procesos electorales por un lapso comprendido de cinco a ocho años.

Acerca de la injerencia extranjera y sus patrocinadores que sean invitados por organizaciones políticas que durante permanencia en el país ofenda a las instituciones del estado a sus altos funcionarios o que atenten contra el ejercicio de la soberanía, serán sancionados con multas entre cinco y diez mil unidades tributarias y los ciudadanos extranjeros perteneciente a las organizaciones financistas que participen en asuntos internos del país, estarán sujetos a los procedimientos de expulsión del territorio nacional.


Diputado Earle Herrera

http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=28706:an-avanza-en-segunda-discusion-del-proyecto-de-ley-de-defensa-de-la-soberania-politica-y-autodeterminacion-nacional&Itemid=50&lang=es

http://www.ned.org/

http://www.sourcewatch.org/index.php?title=National_Endowment_for_Democracy:_Grants_By_Country

http://www.usaid.gov/

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http://bolivia.usaid.gov/
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"Presidente Chávez envía mensaje de esperanza y fe en Navidad"

http://www.aporrea.org/actualidad/n171977.html

http://fotos.eluniversal.com.mx/coleccion/muestra_fotogaleria.html?idgal=9491

(VIDEOS) VEA "LA HOJILLA" DE ANTENOCHE, INVITADA EVA GOLINGER

http://eligio-del-awiizotl.blogspot.com/2010/12/videos-vea-la-hojilla-de-antenoche.html

http://www.youtube.com/watch?v=PJEDJE-rHXc&feature=related

http://www.aporrea.org/imagenes/2010/12/mientras_ms_chillen_los_esculidos_mejor_navidad_pasamos_los_revolucionarios.jpg

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http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_docman&Itemid=184&lang=es
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http://www.centrodealerta.org/documentos_desclasificados/libro_completo_la_agresion_.pdf

http://www.centrodealerta.org/noticias/nuevo_libro_la_agresion_per.html

http://www.centrodealerta.org/documentos_desclasificados/

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http://www.cubadebate.cu/noticias/2010/12/26/alvaro-uribe-pacto-con-eeuu-castigar-a-chavez/

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http://www.google.com/#hl=en&expIds=25657&sugexp=ldymls&xhr=t&q=EVA+GOLINGER+USAID&cp=18&qe=RVZBIEdPTElOR0VSIFVTQUlE&qesig=RfwlknVb1n4liAuSvTO6tQ&pkc=AFgZ2tkqUIYb9ciAA3zsVFAqYYxK2OAYVa1fe-Xqm9xHW_LOSSfCxqIwQFesyyYgpTDCckpBRPuGIHhoZ4FGcfg9Fqkw3m6UnQ&pf=p&sclient=psy&aq=f&aqi=&aql=&oq=EVA+GOLINGER+USAID&gs_rfai=&pbx=1&fp=e8de98ca5b405b41

http://www.google.com/#hl=en&expIds=17259,23756,24692,24878,24879,27400&sugexp=ldymls&xhr=t&q=%22'Amigos+de+Fox%22&cp=16&qe=IidBbWlnb3MgZGUgRm94Ig&qesig=yqeh7tmxrA0eiXQBQxabYA&pkc=AFgZ2tlLSFwD5DPfNZr9FgJKYmZuhSc3zxlEwGqKDWIrnhRVRTxnQ8illL6FpuThdUuqdw2ytU5iT5-tUyi7rjQH-SQP8XYe_w&pf=p&sclient=psy&aq=f&aqi=&aql=&oq=%22'Amigos+de+Fox%22&gs_rfai=&pbx=1&fp=e8de98ca5b405b41

http://www.google.com/#hl=en&expIds=25657&sugexp=ldymls&xhr=t&q=FIDEIIUS+Pemexgate&cp=18&qe=RklERUlJVVMgUGVtZXhnYXRl&qesig=Pj67fQg63ZBDnicjDIWrNA&pkc=AFgZ2tkSL7_pIbGHfQAiTyPNB1rriiiYuGH6MkSOiDki3lwcElE72xs_otcTDAEEcEydUDi_9LrReCxEKvy7qaB2wo1YpBYuow&pf=p&sclient=psy&aq=f&aqi=&aql=&oq=FIDEIIUS+Pemexgate&gs_rfai=&pbx=1&fp=e8de98ca5b405b41

http://www.google.com/#sclient=psy&hl=en&q=Pemexgate&aq=f&aqi=g1g-v3&aql=&oq=&gs_rfai=&pbx=1&fp=e8de98ca5b405b41

http://www.youtube.com/results?search_query=Pemexgate&aq=f

http://www.youtube.com/watch?v=T-KhAeVJiwo

http://www.bibliojuridica.org/libros/2/935/4.pdf

http://www.bibliojuridica.org/libros/2/935/18.pdf

http://www.google.com/#sclient=psy&hl=en&q=FIDEIIUS+Sistema+Financiero&aq=&aqi=&aql=&oq=&gs_rfai=&pbx=1&fp=e8de98ca5b405b41

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Algunos artículos constitucionales relacionados con el vocablo: soberanía y la autodeterminación:

"Constitución de la República Bolivariana de Venezuela"

PREÁMBULO

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana;

con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad;

en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático,

decreta la siguiente

CONSTITUCIÓN

Artículo 1. Venezuela se declara República Bolivariana, irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.

Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 11. La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se encuentren.

El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.

Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.

Corresponden a la República derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional.

Artículo 13. El territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional.

El espacio geográfico venezolano es una zona de paz. No se podrán establecer en él bases militares extranjeras o instalaciones que tengan de alguna manera propósitos militares, por parte de ninguna potencia o coalición de potencias.

Los Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional sólo podrán adquirir inmuebles para sedes de sus representaciones diplomáticas o consulares dentro del área que se determine y mediante garantías de reciprocidad, con las limitaciones que establezca la ley. En dicho caso quedará siempre a salvo la soberanía nacional.

Las tierras baldías existentes en las dependencias federales y en las islas fluviales o lacustres no podrán enajenarse, y su aprovechamiento sólo podrá concederse en forma que no implique, directa ni indirectamente, la transferencia de la propiedad de la tierra.

Artículo 15. El Estado tiene la responsabilidad de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y marítimos, preservando la integridad territorial, la soberanía, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la integración. Atendiendo la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales, una Ley Orgánica de Fronteras determinará las obligaciones y objetivos de esta responsabilidad.

Artículo 73. Serán sometidos a referendo aquellos proyectos de ley en discusión por la Asamblea Nacional, cuando así lo decidan por lo menos las dos terceras partes de los las integrantes de la Asamblea. Si el referendo concluye en un sí aprobatorio, siempre que haya concurrido el veinticinco por ciento de los electores o electoras inscritos o inscritas en el registro civil y electoral, el proyecto correspondiente será sancionado como ley.

Los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales, podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por el voto de las dos terceras partes los y las integrantes de la Asamblea o por el quince por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.

Artículo 110. El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.

Artículo 126. Los pueblos indígenas, como culturas de raíces ancestrales, forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano como único, soberano e indivisible. De conformidad con esta Constitución tienen el deber de salvaguardar la integridad y la soberanía nacional.

El término pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución en el sentido que se le da en el derecho internacional.

Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

Artículo 152. Las relaciones internacionales de la República responden a los fines del Estado en función del ejercicio de la soberanía y de los intereses del pueblo; ellas se rigen por los principios de independencia, igualdad entre los Estados, libre determinación y no intervención en sus asuntos internos, solución pacífica de los conflictos internacionales, cooperación, respeto de los derechos humanos y solidaridad entre los pueblos en la lucha por su emancipación y el bienestar de la humanidad. La República mantendrá la más firme y decidida defensa de estos principios y de la práctica democrática en todos los organismos e instituciones internacionales.

Artículo 156. Es de la competencia del Poder Público Nacional:

1. La política y la actuación internacional de la República.
2. La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República, la conservación de la paz pública y la recta aplicación de la ley en todo el territorio nacional.
3. La bandera, escudo de armas, himno, fiestas, condecoraciones y honores de carácter nacional.
4. La naturalización, la admisión, la extradición y expulsión de extranjeros o extranjeras.
5. Los servicios de identificación.
6. La policía nacional.
7. La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional.
8. La organización y régimen de la Fuerza Armada Nacional.
9. El régimen de la administración de riesgos y emergencias.
10. La organización y régimen del Distrito Capital y de las dependencias federales.
11. La regulación de la banca central, del sistema monetario, de la moneda extranjera, del sistema financiero y del mercado de capitales; la emisión y acuñación de moneda.
12. La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, y los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución y la ley.
13. La legislación para garantizar la coordinación y armonización de las distintas potestades tributarias, definir principios, parámetros y limitaciones, especialmente para la determinación de los tipos impositivos o alícuotas de los tributos estadales y municipales, así como para crear fondos específicos que aseguren la solidaridad interterritorial.
14. La creación y organización de impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias, cuya recaudación y control corresponda a los Municipios, de conformidad con esta Constitución.
15. El régimen del comercio exterior y la organización y régimen de las aduanas.
16. El régimen y administración de las minas e hidrocarburos, el régimen de las tierras baldías, y la conservación, fomento y aprovechamiento de los bosques, suelos, aguas y otras riquezas naturales del país.
El Ejecutivo Nacional no podrá otorgar concesiones mineras por tiempo indefinido.
La Ley establecerá un sistema de asignaciones económicas especiales en beneficio de los Estados en cuyo territorio se encuentren situados los bienes que se mencionan en este numeral, sin perjuicio de que también puedan establecerse asignaciones especiales en beneficio de otros Estados.
17. El Régimen de metrología legal y control de calidad.
18. Los censos y estadísticas nacionales.
19. El establecimiento, coordinación y unificación de normas y procedimientos técnicos para obras de ingeniería, de arquitectura y de urbanismo, y la legislación sobre ordenación urbanística.
20. Las obras públicas de interés nacional.
21. Las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la República.
22. El régimen y organización del sistema de seguridad social.
23. Las políticas nacionales y la legislación en materia de sanidad, vivienda, seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio y naviera.
24. Las políticas y los servicios nacionales de educación y salud.
25. Las políticas nacionales para la producción agrícola, ganadera, pesquera y forestal.
26. El régimen del transporte nacional, de la navegación y del transporte aéreo terrestre, marítimo, fluvial y lacustre, de carácter nacional; de los puertos, de aeropuertos y su infraestructura.
27. El sistema de vialidad y de ferrocarriles nacionales.
28. El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético.
29. El régimen general de los servicios públicos domiciliarios y, en especial, electricidad, agua potable y gas.
30. El manejo de la política de fronteras con una visión integral del país, que permita la presencia de la venezolanidad y el mantenimiento territorial y la soberanía en esos espacios.
31. La organización y administración nacional de la justicia, el Ministerio Público y el Defensor del Pueblo.
32. La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales; la civil, mercantil, penal, penitenciaria, de procedimientos y de derecho internacional privado; la de elecciones; la de expropiación por causa de utilidad pública o social; la de crédito público; la de propiedad intelectual, artística e industrial; la del patrimonio cultural y arqueológico; la agraria; la de inmigración y poblamiento; la de pueblos indígenas y territorios ocupados por ellos; la del trabajo, previsión y seguridad sociales; la de sanidad animal y vegetal; la de notarías y registro público; la de bancos y la de seguros; la de loterías, hipódromos y apuestas en general; la de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público Nacional y demás órganos e instituciones nacionales del Estado; y la relativa a todas las materias de la competencia nacional.
33. Toda otra materia que la presente Constitución atribuya al Poder Público Nacional, o que le corresponda por su índole o naturaleza.

Artículo 159. Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir la Constitución y la ley de la República.

Artículo 232. El Presidente o Presidenta de la República es responsable de sus actos y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo.

Está obligado u obligada a procurar la garantía de los derechos y libertades de los venezolanos y venezolanas, así como la independencia, integridad, soberanía del territorio y defensa de la República. La declaración de los estados de excepción no modifica el principio de su responsabilidad, ni la del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, ni la de los Ministros o Ministras, de conformidad con esta Constitución y la ley.

Artículo 299. El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa y de consulta abierta.

Artículo 303. Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando la de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela.

Artículo 323. El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico. A tales efectos, le corresponde también establecer el concepto estratégico de la Nación. Presidido por el Presidente o Presidenta de la República, lo conforman, además, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones.

Artículo 328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezcan sus respectivas leyes orgánicas.

http://www.analitica.com/bitblio/anc/default.asp

http://www.analitica.com/bitblio/anc/constitucion1999.asp

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"Muere ex presidente venezolano Carlos Andrés Pérez"

http://www.eluniversal.com.mx/notas/733044.html

http://www.cubadebate.cu/noticias/2010/12/26/murio-carlos-andres-perez-responsable-de-el-caracazo/

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Sumó 42 mil 216.1 mdd inversión de la IP mexicana en Sudamérica

http://www.jornada.unam.mx/2010/12/27/index.php?section=economia&article=020n1eco

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Las Líneas de Chávez: “El Sermón del Cerro”


27 Diciembre 2010

http://www.cubadebate.cu/wp-content/uploads/2010/12/presidente-chavez-li.jpg

El Presidente Hugo Chávez Frías

Para nosotros, esta Navidad tiene una significación humana de incalculable valor cristiano. Las lluvias y sus desastres le han dado presencia encarnada al pesebre pascual. En cada hombre, en cada mujer, en cada niño, está el rostro de José, María y Jesús. Como bien lo señaló el padre Numa Molina, desde su apostolado a favor de los humildes, “cada refugio es la representación viva del pesebre originario”.

¿Qué buscaban María y José aquella noche en Belén si no un refugio para que llegara al mundo el que traería las bienaventuranzas? ¿No son hoy nuestros refugios espacios de solidaridad y justicia, en los que estamos viendo nacer la esperanza viva hecha pueblo?

Quiero recordar de nuevo -y vaya que estos días de Emergencia Nacional me recuerdan tanto sus palabras- a Ludovico Silva, cuando decía: “No hay peor infierno que la falta de esperanza (…) Perder la esperanza es no tener futuro; el porvenir se nutre de ella”. ¿Y qué mejor forma de llevar esperanza y con ella la vida buena, el buen vivir, que haciéndoles justicia a quienes nunca la han tenido?

Este mes de diciembre, como un todo, pareciera rendirle honor a su sentido conclusivo del año. Por estos días, hemos visto lo más bondadoso y hermoso del ser humano, ¡cierto!, pero también su lado más mezquino y perverso, representado por algunos sectores de nuestra sociedad que encuentra siempre, en nuestro sentido de fraternidad y solidaridad, ocasión propicia para desatar todas sus agresiones, no sólo contra nuestras instituciones y el Gobierno bolivariano sino contra nuestro pueblo, a quien quisiera ver sumido por siempre en la desesperanza y en el vivir muriendo, como lo vengo reiterando en cada jornada de batalla.

II

Como cristiano radical, entiendo y asumo el santo Evangelio como salvación y liberación definitiva de todos los hombres y mujeres de buena voluntad. En tal sentido, recuerdo las palabras de Juan Pablo II en el documento “¿Qué has hecho tú de tu hermano sin techo? La iglesia ante la carencia de viviendas”, que escribiera a propósito del Año Internacional de los Sin Techo (1987) establecido por la ONU: …salir al encuentro de quien tiene necesidad de una vivienda pertenece al espíritu de las “obras de misericordia”, en función de las cuales seremos juzgados por Cristo nuestro Señor (cf. Mt. 25, 31-46).

¿Podremos nosotros, cristianos, ignorar o soslayar tal problema, cuando sabemos bien que la casa “es una condición necesaria para que el hombre pueda venir al mundo, crecer, desarrollarse, para que pueda trabajar, educar y educarse, para que los hombres puedan constituir esa unión más profunda y más fundamental que se llama ´familia´”? (Enseñanzas, 2, 1979, 314).

(…) La Iglesia, participando de “los gozos y las esperanzas, las tristezas y las angustias de los hombres de nuestro tiempo, sobre todo de los pobres y de cuantos sufren” (Gaudium et spes, 1), considera grave deber suyo asociarse a cuantos operan con dedicación y desinterés para que el problema de la casa encuentre soluciones concretas y urgentes, y para que los que carecen de techo sean objeto de la debida atención y preocupación por parte de la autoridad pública.

(…) La especulación sobre los terrenos que sirven al desarrollo edilicio y sobre la construcción de ambientes domésticos, el estado de abandono de barrios enteros o de áreas rurales privadas de calles transitables, de distribución de agua o electricidad, de escuelas o de transportes necesarios para el movimiento de las personas, son -como es sabido- algunos de los males más patentes, estrechamente ligados al problema más amplio de la casa.

Y rematará su Santidad:

“¿Cómo podríamos afirmar que se ha celebrado realmente un Año Internacional de los Sin Techo, si luego no se ha hecho nada o casi nada; si todo quedara reducido a algunas ceremonias que no comportan ningún beneficio sensible? (…) Todo esto trae a la memoria y a la reflexión las palabras consoladoras de Jesús: «Cuantas veces hicisteis eso a uno de estos, mis hermanos menores, a mí lo hicisteis» (Mt 25, 40). Él, en efecto, nació en un establo y fue reclinado «en un pesebre» por las manos amorosas de su Madre, la Virgen Santísima, porque no había lugar para ellos en la posada (cf. Lc 2, 7); y luego estuvo prófugo, lejano de su tierra y de su casa, en su primera infancia”.

Querido o querida compatriota que me lees: he traído esta larga cita para que ejerzamos la reflexión profunda que estos días santos ameritan; para que sean ustedes quienes saquen las conclusiones acerca de la justeza de nuestro camino y las decisiones que sobre el mismo hemos ido tomando radicalmente: como revolucionarios que somos, debemos ir a la raíz de todos nuestros males y problemas, de todas nuestras desdichas y sufrimientos. Nunca como antes el sentido de lo ecuménico se nos había hecho más claro: el habitar la tierra pasa por la realización del hombre en su morada y en su lugar de trabajo como extensión de la misma y para la misma; es la dignificación en su hogar y la dignificación de todas las condiciones para que esto sea posible. Por ello, hemos decidido legislar radicalmente en función de la felicidad colectiva que nos merecemos, que comienza, necesariamente, por la resolución del problema de la vivienda.

III

Esta semana, cuando apenas hemos esbozado la concepción para enfrentar la crisis, ya comenzaron a “ladrar los perros”. En sus ladridos, desconocen a nuestra Carta Magna y van contra su espíritu, alegando que estamos dando un golpe de Estado contra la misma, como justificación y preludio del golpe que ellos sí están tramando.

No puedo menos que, como Jefe de Estado, repudiar rotundamente el llamado a violar la Constitución y las leyes de la República, hecho, una vez más, por ese cuerpo podrido y atado a lo peor del pasado como lo es Fedecámaras, en la persona de su presidente, irrespetando a nuestra Fuerza Armada Bolivariana. No puede quedar impune tal llamado contra la República: vuelvo a exhortar al Ministerio Público para que actúe de acuerdo a las disposiciones que nuestras leyes contemplan y prevén al respecto.

Como lo hizo en el 2002, la oposición apátrida ha querido empañar nuestra Navidad, atentando contra el espíritu que la impregna: el espíritu de la paz y de la convivencia fraterna y solidaria. ¡No han podido ni podrán contra nosotros! Y, como en aquel entonces, no nos desprenderemos del espíritu de bienaventuranza que anima a los que seguimos a Cristo redentor.

Estamos seguros que venceremos porque estamos venciendo. Junto al pueblo, conjuraremos a todos los diablos que se nos pongan por delante: se estrellarán y se seguirán estrellando como sucedió esta semana en la que intentaron desestabilizar nuevamente al país.

Nosotros estamos asumiendo, hasta las últimas consecuencias, el Evangelio del amor y de la justicia. Y al Niño Jesús lo buscamos y encontramos, cada día, en todos los excluidos y excluidas de Venezuela.

Con certeza, en esta hora dura y difícil de la Patria, Cristo levanta de nuevo su voz, y nosotros con Él, en un renovado “Sermón del Cerro”: es la buena nueva de la redención y la liberación que hoy encarna, en las palabras y en los hechos, el pueblo de Simón Bolívar.

¡Bienaventurados los Pobladores del Cerro!

¡Bienaventurados los refugiados y refugiadas!

¡Bienaventurados los soldados del Pueblo!

¡Bienaventurado el Pueblo todo!

Porque de ellos y ellas será el Reino de la Justicia Social, del Amor Supremo, de la Paz Perpetua…

Ese Reino, hombre, mujer, joven, niño que me lees, es el auténtico Cristianismo…

Es el socialismo

Es la vida plena

¡El vivir viviendo!

Hugo Chávez"

http://www.cubadebate.cu/hugo-chavez-frias/2010/12/27/las-lineas-de-chavez-%e2%80%9cel-sermon-del-cerro%e2%80%9d/


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"El resistirse a lo irresistible no siempre fortalece a quienes se creen irresistibles, sí, a aquell@s que ‘no mandan obedeciendo a sus mandantes’… Fideiius.

http://www.youtube.com/watch?v=O3JI-axaRF4

http://cpj.org/killed/

Centro de Alerta para la Defensa de los Pueblos

Investigación, análisis, documentación y denuncias sobre la injerencia y subversión contra los pueblos de América Latina


http://www.centrodealerta.org/

http://www.youtube.com/watch?v=cec34OOdnRA

http://www.cubadebate.cu/series/resistencia-palestina/

"Noam Chomsky*: Estados Unidos es el mayor terrorista del mundo..."

Institute Professor and professor emeritus of linguistics at the Massachusetts Institute of Technology*

http://www.semana.com/noticias-mundo/parte-colombia-robada-roosevelt/142043.aspx

http://eligio-del-awiizotl.blogspot.com/2010/07/noam-chomsky-estados-unidos-es-el-mayor.html

http://www.chomsky.info/

http://www.cubadebate.cu/categoria/autores/eva-golinger/

http://www.patriagrande.com.ve/temas/internacionales/los-gringos-se-robaron-el-dinero-de-las-ventas-de-petroleo-en-irak/

EEUU despilfarró miles de millones de dólares del area social de Irak

http://www.aporrea.org/tiburon/n164470.html

http://www.josecouso.info/

http://eligio-del-awiizotl.blogspot.com/2010/07/httpwikileaksorg-could-become-as.html

http://www.iraqbodycount.org/

“We don’t do body counts”.- General Tommy Franks

http://www.icasualties.org/

http://www.cubadebate.cu/reflexiones-fidel/2010/08/03/emplazamiento-al-presidente-de-estados-unidos/

"Hey, bad guys: If it is certain that you in God trust, you should not be afraid, just let the music play…!”. FIDEIIUS (Fideiius).

http://eligio-del-awiizotl.blogspot.com/2010/08/911-naves-que-impactaron-las-torres.html

http://www.youtube.com/watch?v=V6NVnKFyY24

http://www.youtube.com/watch?v=zyoEYCmEO_o

ACCESO AL AGUA POTABLE, DECLARADO DERECHO FUNDAMENTAL: TRIUNFO DE LA HUMANIDAD A INSTANCIA DE EVO MORALES, C. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPúBLICA DE BOLIVIA…

http://eligio-del-awiizotl.blogspot.com/2010/07/acceso-al-agua-potable-declarado.html

Perseguido por EEUU: Camarógrafo estadounidense que filmó imágenes del 11/9 enfrenta extradición

http://www.aporrea.org/internacionales/n164273.html

The Washington Post: Estados Unidos es el vergonzoso suministrador de armas al narcotráfico

http://www.cubadebate.cu/noticias/2010/09/13/the-washington-post-estados-unidos-es-el-vergonzoso-suministrador-de-armas-al-narcotrafico/

http://www.youtube.com/watch?v=EJGyiPrCF2Q

http://wikileaks.org/

http://www.cubadebate.cu/opinion/2010/10/02/eeuu-retrasa-la-salida-del-ejercito-ciberespacial-pero-no-se-entusiasmen-demasiado/

*)

"Tres generaciones se han echado a perder por mi culpa: Rius"

http://www.jornada.unam.mx/2009/01/18/index.php?section=cultura&article=a02n1cul

http://www.youtube.com/watch?v=jxHeqzXpkjM

http://www.cubadebate.cu/noticias/2010/11/19/galardonado-lula-con-el-premio-indira-gandhi-de-la-paz-2010/

http://www.jornada.unam.mx

A FREE K’

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